Un artículo de Luis Escribano
Tras publicarse la sentencia de
los ERE, muchos ciudadanos han manifestado su indignación y lamentos en las redes sociales,
especialmente porque nadie explica con claridad si será posible recuperar el
dinero malversado, dado el daño patrimonial creado a la Junta de Andalucía, es
decir, al patrimonio público de toda la ciudadanía.
¿Cuántas vías legales existen
para poder recuperar el dinero malversado en el caso de los ERE? El tema no
tiene hoy fácil solución, pero les adelanto que en principio existen dos vías, y
que todos los partidos políticos tienen su
cuota de responsabilidad en el fracaso de una de esas vías posibles.
1.- La exigencia de la responsabilidad civil.
La primera vía consistía en que
la Junta de Andalucía, como institución del Estado perjudicada en el caso ERE
(es decir, todos los españoles éramos los perjudicados), hubiera exigido la correspondiente responsabilidad civil a los acusado en el juicio y hoy
condenados, pues se conocían las cuantías malversadas. Esta vía hubiera
supuesto mantener las fianzas millonarias que el Juzgado de Instrucción nº 6
había exigido a los hoy condenados, que tenían incluso bienes embargados, y
exigirles dicha responsabilidad en el propio juicio, que hubiera obligado a la
Audiencia Provincial de Sevilla a establecer en la sentencia las cuantías de
dicha responsabilidad a cada condenado, en su caso.
Sin embargo, el Gobierno de
Susana Díaz no sólo se reservó las posibles acciones civiles como parte perjudicada, impidiendo a las acusaciones de la Fiscalía, PP y Manos
Limpias exigir dichas responsabilidades en aplicación de la Ley, sino que para
colmo solicitó en 2016 el sobreseimiento de la causa y no presentó acusación. De
esta forma, Susana Díaz consiguió que el
Juzgado retirara las fianzas impuestas a los entonces investigados o imputados,
y evitó que la sentencia pudiera
pronunciarse sobre la responsabilidad civil a exigir a los condenados,
salvando de esta manera el patrimonio particular de sus “padrinos” y fieles
“escuderos” políticos del PSOE y afines.
Ahora el nuevo Gobierno del PP y
Ciudadanos tiene la posibilidad de exigir la responsabilidad civil inherente al fallo judicial de condena, pues las cuantías malversadas están
cuantificadas en la sentencia. Si no lo hicieran, Vox tendría la justificación
perfecta para romper el actual pacto.
La otra posibilidad que queda es
exigir esa responsabilidad civil a los procesados en cada una de las
piezas de los ERE que quedan pendientes, pero eso implicaría que los políticos
condenados ya no tendrían que responder con
su patrimonio particular, porque ya no se les puede procesar en esas piezas
separadas. Parece quedar claro el verdadero motivo por el que el Gobierno
de Susana Díaz retiró la acusación y reservó las posibles acciones civiles.
Para colmo, algunas de las
empresas beneficiadas ya no existen, los plazos incumplidos han provocado la
prescripción de algunas de las causas, muchos de los encausados son
insolventes, y sin duda surgirán más problemas para recuperar ese dinero
malversado. Si Susana Díaz no abandona el país, es que algo no funciona en España.
2.- La vía administrativa de recuperación del dinero: la gran estafa política
a la ciudadanía
Existía otra vía posible para
recuperar ese dinero, que todos los partidos políticos (y la prensa) han
silenciado. ¿Por qué?
La segunda vía posible es la
administrativa, y aquí, estimados lectores, podrán descubrir que la
regeneración y lucha contra la corrupción que nos venden todos los partidos
políticos es pura fantasía, que más allá de mirarse el ombligo y de “cubrir el
expediente” con apariencias ante sus votantes no han hecho nada...ni lo harán porque seguirán
defendiendo las inmunidades del poder, al menos mientras se mantenga este sistema político.
En 1983 se aprobó la Ley
General de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y dedicó un Título
completo para la exigencia de responsabilidades a autoridades y funcionarios: “Título
VII. De las Responsabilidades, arts. 98 a 102. Decía su artículo 98:
“1. Las Autoridades y
funcionarios de cualquier
orden que, por dolo, culpa o negligencia grave, adopten resoluciones o realicen actos con
infracción de las disposiciones de esta Ley, estarán obligados a indemnizar a la Hacienda de la Comunidad los daños
y perjuicios que sean consecuencia de aquéllos, con independencia de la
responsabilidad penal o disciplinaria en que puedan haber incurrido.
2. La responsabilidad de quienes hayan participado en la resolución o
en el acto será mancomunada, excepto en los casos de dolo, que será solidaria.”
Lo primero que llama la atención
de este artículo es el término “grave”, que deja la puerta abierta a interpretaciones
según convenga: el uso prescindible de conceptos jurídicos indeterminados en
nuestras leyes y reglamentos es muy
habitual para facilitar la corrupción. Sin embargo, en el caso de los ERE
todos los hechos y condenas son graves.
Y este artículo 98 debe
vincularse con el siguiente de la Ley (art.
99), que establecía todas las posibles infracciones, entre ellas:
- “Comprometer gastos y ordenar
pagos sin crédito suficiente para realizarlo o con infracción de lo
dispuesto en la presente Ley o en la del Presupuesto que sea aplicable”,
como así ha ocurrido en el caso de los ERE, en el que la Dirección General de Trabajo
concedía subvenciones sin crédito presupuestario y con infracción de la Ley
(recuerden que prescindía absolutamente del procedimiento legal establecido).
“Cualquier otro acto o resolución con infracción de esta Ley o cualquier
otra norma aplicable a la administración y contabilidad de la Hacienda de la
Comunidad.”
Según dicha Ley de Hacienda, conocida la existencia de alguna de las
infracciones que establecía, los Jefes de los presupuestos responsables
y los ordenadores de pagos instruirán las diligencias previas y
adoptarán, con igual carácter, las medidas necesarias para asegurar los
derechos de la Comunidad, poniéndolo inmediatamente en conocimiento
del Consejero de Hacienda y, en su caso, del Tribunal de Cuentas,
para que procedan según sus competencias y conforme a los procedimientos
establecidos.
Asimismo, el Interventor que en el ejercicio de su función
advirtiera la existencia de infracciones debía ponerlo en conocimiento del
Consejo de Hacienda, tal como ocurrió en el caso de los ERE con numerosos
informes.
Cuando se aprueba el Texto
Refundido de la Ley General de Hacienda en 2010 (Decreto Legislativo 1/2010),
derogando la anterior Ley, se mantienen prácticamente los mismos artículos, con
numeración diferente, aunque curiosamente -por no emplear otro término
malsonante- sufrieron algunas modificaciones.
La más llamativa es que desaparece una de las infracciones,
aunque existiera dolo, culpa o negligencia grave de su autor:
“Cualquier otro acto o
resolución con infracción de esta Ley o cualquier otra norma aplicable a
la administración y contabilidad de la Hacienda de la Comunidad.”
Y para no dejar en manos de los “Jefes
de los Presupuestos” (funcionarios) instruir las diligencias previas y
comunicarlo al Consejero, el Texto Refundido lo modifica y lo sustituye
por:
“...los órganos superiores
de las personas presuntamente responsables y los órganos competentes para
la ordenación de los pagos instruirán las diligencias previas y adoptarán las
medidas...”
Es decir, ante el riesgo de que sea un funcionario el que abra las
diligencias previas siendo responsable autoridades (políticos), lo
eliminan al refundir los textos legales y lo sustituyen por los “órganos superiores” del posible político
responsable, es decir, por otro político o el propio Consejo de Gobierno del partido
de turno. Así todo queda en casa...en la de los políticos corruptos.
Como ven, si es que quieren verlo realmente, los políticos se dedican a
poner escollos legales a las posibles exigencias de responsabilidades por sus
actuaciones, aunque fueran graves.
Ahora vendrán los incondicionales de los partidos manifestando que los
suyos nunca han gobernado, y que eso no pasaría si ellos gobernasen. A esos
incondicionales les pido lo siguiente:
- publiquen en los comentarios de abajo todas las iniciativas
parlamentarias presentadas en el Parlamento en cualquier Legislatura (por PSOE,
PA, PP, IU, Ciudadanos, Podemos, Adelante Andalucía, Vox...) para modificar
todas estas aberraciones de la Ley General de Hacienda y para desarrollar
reglamentariamente la exigencia de responsabilidades a las autoridades y
funcionarios;
- indiquen qué partido que no haya tenido cuota de poder alguna ha
denunciado públicamente estas aberraciones de la Ley General de Hacienda sobre
las exigencias de responsabilidades a autoridades y demás empleados públicos, o
las iniciativas legislativas populares presentadas; les ruego publiquen esos
artículos, denuncias públicas e iniciativas en los comentario de abajo.
Pero sigamos, que hay más. Según la Ley mencionada, en la vía administrativa
es el Tribunal de Cuentas el órgano competente para exigir las
responsabilidades para dos de las infracciones establecidas en la Ley,
siempre que alguien se lo haya comunicado desde la Junta de Andalucía:
- Incurrir en alcance o
malversación en la administración de los fondos de la Junta de Andalucía.
- No rendir las cuentas
reglamentarias exigidas, rendirlas con notable retraso o presentarlas con
graves defectos.
Convendría saber si algún órgano de la Junta de Andalucía comunicó en
algún momento al Tribunal de Cuentas el inicio de las diligencias en estos
casos (la infracción de malversación queda probada ahora en la sentencia),
en qué fechas se comunicó -en su caso- y cuál era el contenido de las
comunicaciones. ¿Habrá sorpresas? Si nadie lo hizo, ¿quién exigirá las
responsabilidades oportunas?
Para el resto de infracciones, el acuerdo de iniciación, el nombramiento
de juez instructor y la resolución del expediente corresponden:
1) al Consejo de Gobierno cuando el responsable tenga la
condición de autoridad de la Junta;
2) al Consejero de Hacienda en los demás casos
(funcionarios y demás empleados de la Administración y de los entes
dependientes).
¿Algún Consejo de Gobierno -PSOE, PSOE con IU, PSOE con apoyo de
Ciudadanos, PP y Ciudadanos- ha iniciado algún expediente? ¿Algún Consejero de
Hacienda lo ha iniciado o ha trasladado al Consejo de Gobierno el asunto?
La Ley prevé además que una vez
resueltos los expedientes, se puedan cobrar los importes por la vía de apremio, y aplicando el interés previsto en la Ley sobre el importe de los alcances, malversaciones, daños
y perjuicios en sus bienes y derechos, desde el día que se irroguen los
perjuicios.
Ustedes se preguntarán: ¿dónde
está la estafa en todo esto? Al principio la Ley de 1983 no estableció ningún
procedimiento para exigir dichas responsabilidades, por lo que debería
deducirse que sería el Procedimiento Administrativo Común. En 1987 se modifica
la Ley General de Hacienda, y se establece como procedimiento la sujeción a lo
establecido en el Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios, que no era aplicable a autoridades, por
lo que debe entenderse que se refería sólo al procedimiento, es decir, a sus
trámites.
Pero en 1996 se vuelve a
modificar (mediante la Ley 9/1996, con Magdalena Álvarez Arza de Consejera
de Hacienda), y...¡atención a la jugada! Se elimina toda mención al procedimiento
aplicable y se sustituye por:
“...en la forma que reglamentariamente se determine...”.
La estafa política se produce porque
en estos 23 años transcurridos nunca se ha aprobado ese reglamento para exigir
las correspondientes responsabilidades en vía administrativa.
Desde 1996, por la cartera de Hacienda
de la Junta han pasado, además de Magdalena Álvarez Arza, José Salgueiro
Carmona, José Antonio Griñán Martínez, Carmen Martínez Aguayo, María Jesús
Montero Cuadrado, Antonio Ramírez de Arellano López, José Alberto García Valera y Juan Bravo Baena (los dos últimos
nombrados por el PP).
Ninguno de los mencionados,
siendo competencia de dicha cartera gubernamental el elaborar el reglamento
para su aprobación por el Consejo de Gobierno, ha desarrollado
reglamentariamente dicha previsión legal de exigencia de responsabilidades por
daño patrimonial a la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.
También desde ese año ocuparon el
cargo de la Intervención General de la Junta Eduardo León Lázaro, Manuel Gómez Martínez, María
del Rocío Marcos Ortiz, Adolfo José García Fernández, Vicente Cecilio Fernández
Guerrero, María Asunción Peña Bursón y Amelia Martínez Sánchez.
¿Qué Interventores Generales de los mencionados advirtieron al titular
de la cartera de Hacienda de turno sobre la ausencia de reglamento para exigir
las responsabilidades establecidas en la Ley de Hacienda, ante la desprotección
existente del patrimonio público? Los ciudadanos estaríamos encantados de
conocer quiénes dieron ese paso, y así verificar si realmente se ganaron el
sueldo que cobraron.
Visto todo lo anterior, ¿todavía
puede haber un ciudadano que defienda a estos políticos impresentables, que
dejan desprotegido el patrimonios de todos?
Son muchos años los que llevo
investigando la corrupción política, económica, judicial, social, etc., y en todas
las vías de investigación siempre llego a la misma conclusión: o los españoles
cambiamos el sistema político o seguiremos estando desprotegidos de la
corrupción sistémica. Luego vendrán los llantos y las indignaciones.
Por ese motivo me apunté a la
iniciativa de cambiar nuestro sistema político por la única vía disponible que
nos queda a los ciudadanos, porque nada puede esperarse de los partidos
políticos que viven a nuestra costa sin poder exigirles responsabilidades. Aquí
les dejo con el enlace: Declaración
Coda.- ¿Dónde está ese “cuarto poder” que debería romper el saque permanentemente a
los tres poderes del Estado en vez de seguir generalmente la estela “informativa”
que van dejando sus portavoces y voces, en demasiadas ocasiones nada cualificados? Son muchos los datos
acreditados, documentos e informaciones ofrecidos en estas páginas, por
ejemplo, para dar ese paso de arrinconar en las cuerdas a los partidos
políticos que ocupan cuotas en cualquiera de los poderes del Estado y sacar los
colores al resto de partidos que nada hacen por la ciudadanía. Recuerden: “res
non verba”.
Por
ello, una parte de los ciudadanos no entienden el papel que juegan hoy los
medios de comunicación de este país, mientras otra parte se deja arrastrar sin
saber discriminar la verdadera información de lo que son meras opiniones. En el
resto quedan los ciudadanos incondicionales de sus partidos, a los que la
información y opinión poco les interesa, salvo si podrán seguir viviendo gracias al apoyo
de los suyos, a los que votan incondicionalmente. Esta es, lamentablemente, nuestra triste realidad.
Y ahora más que nunca yeahhhhhhhhhhhhh
ResponderEliminarGracias a Luis Escribano por el artículo, es un profesional! Si no fuese por personas como usted,no nos enterasríamos, de todo esto
ResponderEliminarSiempre he dicho que los políticos actuales y anteriores,han hecho y siguen haciendo las leyes a su medida y con los agujeros necesarios para si les vienen mal dadas,poder escabullirse y salir lo más indemnes posible.
ResponderEliminarGracias por tu información y por el trabajo y tiempo que has dedicado a ilustrarnos sobre este espinoso tema. Los ciudadanos somos engañados sistemáticamente por quienes deberían velar por su bienestar. Con frecuencia nos limitamos sólo a votar y despreocuparnos después. Una pena.
ResponderEliminarRevelador reportaje. Enhorabuena por un trabajo serio y minucioso. Y gracias por aportar pruebas.
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