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lunes, 9 de septiembre de 2019

Un nuevo caso de corrupción del Gobierno andaluz y la estafa de la “regeneración”


Artículo de Luis Escribano



En el presente artículo les muestro más actuaciones del nuevo Gobierno de la “regeneración” que avergonzaría a cualquier cargo público que tuviera un mínimo de decencia y dignidad política. Mira que era difícil conseguirlo, pero el nuevo Gobierno del PP (aunque de la antigua escuela de Javier Arenas) y Cs, con la bendición de Vox, van a terminar igualando en ilegalidades a los anteriores Gobiernos del PSOE (con cogobierno de IU y apoyo de Cs ). Si a alguno le cuesta creerlo, lean y sigan mis artículos publicados desde el pasado 14 de marzo...y los que seguirán.

Por un lado, con estas actuaciones dan un paso atrás en la profesionalización de la Función Pública andaluza, y para colmo lo hacen en oposición a lo dictado en una Sentencia judicial del TSJA; y por otro lado, vuelven a incumplir sus programas políticos y puntos de los acuerdos que firmó el PP con CS y Vox.

El asunto tiene efectos trascendentales, como veremos más adelante. Si este Gobierno “no se corta” con actos administrativos de autoorganización, ¿qué le impide hacerlo con otros de mayor calado?

Si observan lo publicado en varios Boletines Oficiales de la Junta de Andalucía (BOJA) de los pasados meses de julio y agosto (en vacaciones suelen colarse temas sin hacer mucho ruido), distintas Consejerías han ido detrayendo diversos puestos de trabajo de los concursos de méritos convocados en 2018 para los funcionarios de carrera (conocidos coloquialmente por “concursos de traslado”), que han sido solicitados por muchos funcionarios, dado que el último se convocó en 2016, a pesar de que la normativa exige hacerlo al menos con una periodicidad semestral. Los motivos alegados que se contemplan en los BOJA son los siguientes: cumplimiento de resolución administrativa (no explica más), en 14 puestos; modificación de la relación de puestos de trabajo -RPT-, en 9 puestos, y cumplimiento de resolución judicial, en 1 puesto.

Pueden encontrar los detalles de los puestos sustraídos del concurso en los BOJA publicados el pasado 31 de julio (con corrección de errores en el de 8 de agosto); 6 y 28 de agosto; y 4, 5 y 6 de septiembre.

Me voy a centrar en los puestos detraídos o sustraídos por modificaciones de la RPT. En todos ellos, el modo de acceso que se contemplaba en la RPT de la Junta de Andalucía era “PC”, que significa “por concurso” de méritos, y por eso se convocaron en 2018. De los nueve puestos detraídos por inicio de los expedientes de modificación de la RPT, seis son Jefaturas de Servicios, con niveles altos -27 y 28-. Este hecho, que parece un caso aislado y sin importancia, no es un asunto baladí para los ciudadanos, dado que tiene gran trascendencia en el funcionamiento de las Administraciones Públicas, como explicaré más adelante a fin de facilitar la comprensión de su alcance.

Antes de seguir es necesario remarcar los antecedentes de este caso. La Sentencia núm. 252/2010, de 08-02-2010, recaída en el Recurso P.O. 2596/07, que interpuso el Sindicato Andaluz de Funcionarios (SAF), anuló la forma de provisión de 29 puestos de trabajo PLD, estableciendo que no se ajustaba a Derecho.


¿Qué hizo entonces el Gobierno del PSOE e IU? Lo habitual en esta partidocracia: modificó la RPT en 2014 (BOJA de nº 72, de 14 de abril), pero incumpliendo la sentencia.

Ya saben ustedes: aunque la Constitución declara que la justicia emana del pueblo -art. 117 CE- y que es obligado cumplir las sentencias judiciales -art. 118 CE-, en la partidocracia española los políticos no respetan al pueblo ni las sentencias, desde el momento en el que no existe un sistema político que obligue a exigir responsabilidades a sus autores materiales, de forma que nadie se siente disuadido para respetarlo. Tengan en cuenta que el sistema político previsto en la Constitución está muy bien diseñado para facilitar la comisión de arbitrariedades y delinquir a lo grande sin consecuencias negativas y efectivas para sus autores.

Dada la ejecución fraudulenta de la citada Sentencia, un funcionario afectado, contando con el asesoramiento del SAF, interpuso una demanda ejecutiva, y el TSJA dictó un Auto el 9 de noviembre de 2017 que obligaba a la Junta a cambiar el modo de acceso de esos puestos a otro que no fuera por libre designación, es decir, por concurso de méritos -PC-. Observen los años necesitados para obtener justicia desde que se presentó el recurso en 2007...¡¡10 años!! Como ven, es otro medio usado por la partidocracia para disuadir a los españoles que pretendan defender sus derechos acudiendo a la Justicia: tenernos enredados varios años en la telaraña de los Juzgados y Tribunales, y encima con un coste económico tan elevado que convierte el principio básico del Estado de Derecho del “acceso a la justicia” en una pantomima.

Mientras tanto, CCOO, y especialmente UGT, se dedicaron preferentemente durante esos años a despilfarrar o desviar los usos de las millonarias subvenciones recibidas, en vez de luchar por los trabajadores que dicen representar, otro ejemplo más de los miles existentes en nuestra partidocracia: el silencio y dejación de funciones comprados a las organizaciones sindicales “más representativas”. Y al sindicato CSIF, por cierto, ya no lo reconoce ni quien lo parió.

En el caso en cuestión, el Gobierno del PP y Cs, con el apoyo de Vox, vuelve a mostrarnos que quien rige la vida de los españoles es la partidocracia, no la Ley: antes de que se resuelvan los concursos de méritos convocados en 2018, la Administración de la Junta ha iniciado expedientes de modificación de la RPT a fin de detraer esos mencionados puestos de los citados concursos, a fin de evitar que sean adjudicados a funcionarios con procedimientos transparentes y con méritos previamente determinados.

Según la información obtenida, parece ser que un motivo aducido a los sindicatos en una Mesa Sectorial por la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Interior que preside Elías Bendodo, fue “que el técnico que debe firmar el proyecto de un puente no puede ser un funcionario llano...”. Como ven, en la Consejería de Bendodo, la distinción entre los funcionarios se realiza con criterios “geográficos”, “mentales” o “clasistas” (uno ya no sabe qué pensar con ese calificativo -llano-), y no en función de sus méritos objetivos: formación, antigüedad, trabajos desarrollados, docencia, etcétera.

Todo apunta a que el nuevo Gobierno no quiere en puestos de responsabilidad a funcionarios “de la plebe”, por muchos méritos que posean. Lo importante para la citada Consejería es que dichos puestos sean ocupados por otra clase de funcionarios: “accidentados”, “nobles”, “privilegiados” y especialmente “sumisos”, independientemente de los méritos que tengan. Tengan en cuenta que al funcionario nombrado por libre designación se le destituye libremente, sin consecuencia alguna a pesar de las arbitrariedades que se cometen. A mi juicio, lo que revela todas estas torcidas actuaciones es que lo esencial para el Gobierno de la “regeneración” a la hora de nombrar a los funcionarios en los puestos de responsabilidad es poder valorar la “capacidad de docilidad” de los mismos, un signo más de esta perversa partidocracia.

No obstante, esas torcidas actuaciones de la Junta pueden traer consecuencias negativas para sus autores, pues podría implicar el incumplimiento por segunda vez de la Sentencia citada del TSJA, y podría ser recurrido por los funcionarios afectados y Sindicatos (¿sólo el SAF otra vez o se unirá alguno más?) ante el orden contencioso-administrativo y, en su caso, en la vía penal (artículo 410 del Código Penal; y a quien impida la ejecución de la sentencia, artículo 508 del CP).

Según informaciones recabadas, la Consejería de Elías Bendodo ha manifestado como justificación de la detracción de los citados puestos en los concurso de méritos que se están adaptando las RPT de las Consejerías a los nuevos Decretos de estructura. Pero si eso fuera así, habría que anular todos los concursos de méritos convocados en 2018 y empezar de cero. Por tanto, más que una justificación parece ser un pretexto que sólo busca que dichos puestos funcionariales puedan ser ocupados por personas “dóciles” y no por quienes puedan ganar los puestos por méritos objetivos y hacer cumplir la Ley y negarse a realizar arbitrariedades, sin posibilidad de una destitución por ello.

Incumplimiento de las medidas propuestas en los Acuerdos del PP con Cs y Vox.

Si el nuevo Gobierno anunció que venía a regenerar las instituciones sería sólo para tomarles el pelo a sus votantes (visto lo visto, poco critican y exigen los votantes a sus elegidos en las urnas). La realidad, como acabamos de ver, es otra muy distinta, a pesar de los acuerdos firmados por el PP con Cs y Vox para cogobernar y conseguir el apoyo parlamentario en la investidura y cumplir objetivos, respectivamente.

En el primero (PP y Cs), acordaron en los puntos 19 y 55.2 poner en marcha medidas que incluían una Función Pública profesional y libre de injerencias políticas, “restringiendo el sistema de libre designación, generalizando el sistema de concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo en la Administración andaluza bajo los principios de transparencia, igualdad, mérito y capacidad”, o “limitando la libre designación en el nombramiento de responsables y mandos intermedios y generalizando su elección siempre por concurso de méritos.”


Respecto al segundo acuerdo entre el PP y Vox, se acordó sólo “despolitizar el Servicio Andaluz de Empleo, limitando, entre otras medidas, la libre designación de mandos intermedios y generalizando su elección por méritos” (en realidad debe referirse al de Salud, no al de Empleo), en el punto 22. Parece ser que para Vox y el PP, el peligro de la “politización” sólo existe en una Agencia Administrativa de la Junta (hay 12 en total), aunque todas las Consejerías y Agencias Administrativas se rijan por las mismas normas en lo que respecta a su personal funcionario.


Sin embargo, no sólo no se han dado los pasos para erradicar el nepotismo mediante la generalización del concurso de méritos y limitando la libre designación, a fin de “despolitizar” y “profesionalizar” los cargos directivos funcionariales de las Consejerías y Agencias Administrativas (recuerden mi anterior artículo Nepotismo en el SAS), sino que están utilizando los mismos procedimientos y artimañas que afirmaron -y suscribieron- iban a cambiar. El nepotismo es también corrupción, y constituye el paso previo y necesario para facilitar cualquier otra forma de corrupción en las organizaciones. Estos hechos, o bien revelan su ignorancia, o su escaso interés por arreglar las organizaciones públicas para seguir con las corrupciones, o el poco valor que otorgan a lo que firman, o bien todo ello.

Alcance de los nombramientos de funcionarios y trascendencia para la ciudadanía.

La Constitución española -CE- contempla los principios por los que deben regirse las Administraciones Públicas, siendo esencial su artículo 103 (la negrita es mía):

“1. La Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho.

2. Los órganos de la Administración del Estado son creados, regidos y coordinados de acuerdo con la ley.

3. La ley regulará el estatuto de los funcionarios públicos, el acceso a la función pública de acuerdo con los principios de mérito y capacidad, las peculiaridades del ejercicio de su derecho a sindicación, el sistema de incompatibilidades y las garantías para la imparcialidad en el ejercicio de sus funciones.”

Para ello, los distintos Estatutos de Autonomía y las Leyes sobre Función Pública, aprobados tras la promulgación de la Constitución, fueron asumiendo dichos principios, incluso los han incrementado, a fin de crear una organización administrativa lo más profesionalizada posible, basada esencialmente en el diseño adecuado de las relaciones de puestos de trabajo de los órganos más que en los Cuerpos de funcionarios (a los cuales se ingresa por oposición -o debería ser siempre así-), todo ello con la finalidad de garantizar el cumplimiento de esos principios.

Pero en una partidocracia como la que rige en España, este sistema inicialmente garantista tenía poco futuro, dado que ponía demasiadas trabas a los cargos públicos para poder actuar con la arbitrariedad a la que siempre aspiran sus partidos, y comenzaron las múltiples reformas y huidas del Derecho Administrativo. Entre otras actuaciones, los políticos empezaron a utilizar las RPT como instrumentos para facilitar sus caprichos y arbitrariedades, incurriendo no en pocos casos en delitos penales.

En algunos casos documentados, las características de los puestos en las RPT se adecuaron al perfil concreto de una persona con nombres y apellidos (predeterminaban la ocupación del puesto, prohibido por Ley). Por ejemplo, como ocurre curiosamente en la Consejería que incluye en su nombre “Regeneración”, cuyo titular es el Vicepresidente de la Junta, Juan Marín (Cs). Así, en la Dirección General de Administración Local, tenemos el Servicio de Coordinación de Inversiones y Función Pública Local, que tiene entre sus funciones claves la gestión junto a las Diputaciones Provinciales del PFEA (antiguo PER) y la gestión de los procedimientos de provisión de puestos de Secretarios e Interventores en Ayuntamientos y en gobiernos de otras entidades locales: concursos (ordinario e unitario), nombramientos provisionales, comisiones de servicio, acumulaciones, interinos y accidentales. Es el único Servicio que tiene nivel 26 de los cuatro existentes a ocupar por libre designación, dado que la persona que iba a ser nombrada hace muchos años -y así fue- no tenía titulación superior (si el puesto hubiera sido de nivel 28, como el resto de Servicios de dicha Dirección General, no hubiera podido ocuparlo). Y todo sigue igual en la Consejería de la “regeneración”.

Cada vez fueron apareciendo más puestos en las RPT con el modo de acceso “PLD” -puesto de libre designación- sin justificación ajustada a Derecho, creados especialmente para servir a los intereses de los partidos gobernantes (significó el fin de la eficacia, objetividad, imparcialidad, mérito, etc.), degenerando el sistema e incumpliendo todos los principios legales. El perverso sistema se resume en lo siguiente: el político nombra a un funcionario en un puesto PLD a cambio de que este trague “sapos y culebras”, y si no obedece en todo (incluido lo ilegal), es cesado libremente sin consecuencias aunque se haya hecho de forma arbitraria. Yo mismo lo he padecido en dos ocasiones por negarme a tragar “sapos”, como he publicado en anteriores artículos, y no crean que hay muchos funcionarios dispuestos a negarse, pues dichos puestos PLD están bien dotados económicamente, a años luz de los puestos a los que se accede por concurso de méritos, y esto facilita el servilismo y las redes clientelares. Tengan en cuenta que el fin de las antiguas “cesantías” y la incorporación a la Función Pública del derecho de inamovilidad del funcionariado perseguía garantizar la objetividad, imparcialidad y profesionalización de las Administraciones, y los puestos PLD facilitan precisamente lo contrario en general.

Ha sido tan brutal la perversión del sistema que, quizá por vergüenza ajena, el Tribunal Supremo acabó cambiando su jurisprudencia sobre los puestos de libre designación, saltándose la aplicación de los degenerados reglamentos aprobados por los Gobiernos nacional y autonómicos, y llegando a aplicar directamente los principios legales y constitucionales para anular numerosos actos relativos a estos puestos de las RPT.

No obstante, algunos Magistrados siguen instalados en la “escuela de la partidocracia” (¿evitarse problemas con los partidos? ¿espera o mantenimiento de algún favor?) como la Presidenta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA en Sevilla, que, siendo ponente en la Sentencia de 11-06-2019, consideró que debe evaluarse la “capacidad de docilidad” del funcionario para ocupar un puesto de libre designación (publicado aquí), es decir, su capacidad para ser sumiso, doblegable, manipulable, manejable, manso y demás sinónimos, a cual peor. Demasiadas personas no entienden aún que la lealtad que se exige a los funcionarios con la persona que ocupa un cargo público no puede ser ciega, y que nuestra obligación es ser leales a la Constitución, la Ley y los ciudadanos.

En varios artículos anteriores expuse los motivos por los que la regulación del procedimiento de libre designación debe considerarse una rémora y lacra que debe eliminarse. Si los españoles quisieran volver mayoritariamente a las antiguas “cesantías”, de manera que los funcionarios puedan ser designados libremente por los partidos que gobernasen en cada momento -sin oposiciones ni concursos-, y cesados automáticamente con el cambio de Gobierno, allá ellos: sin duda, esa es una de las máximas aspiraciones del régimen partidocrático, pues el poder ejecutivo actuaría sin límites fiscalizadores previos, pues el servilismo al político sería absoluto ante el riesgo de un despido o cese libre. Sin duda seguiré abogando por una Administración profesionalizada y garante de los derechos de los ciudadanos, que exige muchos cambios.

Casi todos los partidos alaban la necesidad y profesionalización del funcionariado, pero cuando gobiernan le dan la vuelta a la tortilla para huir de los funcionarios, especialmente si han ganado su plaza por concurso de méritos, dado que no lo pueden cesar libremente si se niega a obedecer órdenes arbitrarias (sólo podría ser separado de un puesto ganado por concurso si comete alguna infracción, siendo muchas las infracciones tipificadas, pudiendo incluso perder la condición de funcionario si es muy grave la infracción). El ejemplo más evidente de huida del funcionariado es la Administración paralela, que ha proliferado con TODOS los partidos políticos que han tenido oportunidad de gobernar, ya sea en el Estado, Comunidades Autónomas, Diputaciones y Cabildos, Consorcios, Mancomunidades, Ayuntamientos, etcétera.

Los hechos no engañan: una cosa es adular los oídos de los potenciales votantes en periodo electoral (palabras), y otra cosa es gobernar (hechos -acciones u omisiones-). A los adoradores y seguidores de los partidos políticos que no quieren ver lo segundo les pido que rebatan las pruebas que vuelvo a presentar en este artículo, y nieguen justificadamente que “sus partidos” no forman parte de la partidocracia en España. Espero sus comentarios con sumo interés si están bien fundamentados. Obviamente, de los “apesebrados” de los partidos no espero nada, porque ellos seguirán parasitando a costa del resto de españoles, con su notable insolidaridad.

Para finalizar, insisto con el brocardo latino “res non verba” (hechos, no palabras). Las evidencias están ahí para el que quiera verlas. Nada ha cambiado para que un servidor deje de votar nulo o de abstenerme en futuras elecciones, una de las vías esenciales que disponemos los españoles para poner fin a esta partidocracia, por lo que sigo y seguiré insistiendo en posteriores artículos en la necesidad de iniciar un periodo de libertad constituyente, que posiblemente no viviré, aunque tengo la seguridad que llegará ese día por una inevitable necesidad del pueblo español: dejar de caer en las trampas de los partidos y la sumisión que conlleva. Es cuestión de tiempo.




5 comentarios:

  1. Estoy de acuerdo en todo. No obstante haría dos precisiones. Los jefes de servicio nombrados por pld por el PSOE durante años han ido consolidando niveles y puntos (en mi opinión si el nombramiento es digital ello no debería consolidar). Si ahora los cesan y sacan sus plazas a concurso con las actuales reglas, los mismos van a obtener sus plazas por concurso. Creo que antes de sacar esas plazas han de cambiarse las normas.

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  2. Luis os he descubierto a ti y a Jesus hace poco ,harian falta cientos de Escribanos y Candeles para cambiar esta podredumbre que tenemos en este pais a todos los niveles...pero desgraciadamente se me antoja casi(y digo casi porque no creo en lo absoluto...todo es relativo en esta vida...)imposible, dado el nivel cultural y de ignorancia que tenemos unido a la mezquindad y ruindad que nos caracteriza como sociedad, como tu bien dices no creo que lo veas, ni yo tampoco... pero merece la pena apoyar a personas como vosotras que seguis esta lucha contra tanta basura...aunque solo sea por atisbar esa lucecita que se intuye a lo lejos, muy lejos...admiro vuestra lucha y os admiro como seres humanos...YEAHHHH.
    Postdata: (Yo tambien soy igual de deslenguado que Candel...Pedazos de hijos de puta, sinverguenzas... a por ellos...) perdon me desate, salud y suerte vosotros que sabeis lo que haceis y sois mas listos e inteligentes que ellos...

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  3. 30 y tantos años viviendo esta trágica situación, y no había nada que hacer, y lo he visto.

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  4. Desde que empezó el timo de "Andalucía Joven", en los años 80.

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  5. ya puedes ir a poner la denuncia en el juzgado correspondiente, listo

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