Artículo de Luis Escribano
En esta Comunidad
des-gobernada por el PSOE andaluz, cualquier sector en el que se “rasque” un
poquito, aparece siempre detrás la mano torcida del régimen. Ahora le ha tocado
el turno al Parlamento andaluz, donde el PSOE ha disfrutado de mayorías
absolutas durante muchos años.
Al parecer, los funcionarios
del Parlamento (también sus interinos y eventuales) “juegan” en una liga
diferente al resto de funcionarios andaluces: aquellos, en la Champions, y estos últimos, en Segunda regional (sin ánimo peyorativo
para los deportistas que juegan en estas ligas inferiores, que tienen todo mi
respeto).
La Mesa del Parlamento de Andalucía, en su Sesión del 22 de diciembre de 2003 (BOPA núm. 617, de 9 de enero de
2004), acordó una gratificación por
jubilación para sus funcionarios, cuyo importe consistía en un pago de 150 euros por año de servicio, con un
mínimo, que en todo caso correspondería al jubilado, de 3.000 euros.
Transcurrido un año y medio,
en su Sesión del 18 de mayo de 2005 (BOPA
núm. 205, de 25 de mayo de 2005), además de lo anterior, se aprueba
también un premio de jubilación de
36.060,73 euros (¡el premio gordo de
Navidad!), basándose en estos dos motivos:
1) “resulta para la Mesa conveniente, en una Institución de las
características del Parlamento de Andalucía, incentivar la no prolongación de
la jubilación después de cumplirse los sesenta y cinco años, facilitándose, por
una parte, la posibilidad de acceso de nuevas
generaciones a la función pública parlamentaria y/o la promoción de
funcionarios a los puestos que dejen vacantes los jubilados, y, de otra parte,
el descanso del personal, al servicio del Parlamento de Andalucía, con una edad
avanzada”;
2) “el Parlamento de Andalucía tiene suscrito un seguro colectivo a favor
del personal a su servicio que garantiza las contingencias de muerte e
invalidez permanente absoluta con un premio de 36.060,73 euros, quedando fuera
de dicha póliza la percepción de cantidad alguna al llegar a la edad de
jubilación forzosa”;
Se acordó que “Los funcionarios
del Parlamento de Andalucía en situación administrativa de servicio activo,
que hayan permanecido
en esta situación
de manera ininterrumpida durante
los diez años
inmediatos anteriores a la fecha en que cumplan sesenta y cinco, o durante cinco siempre que hayan prestado al menos 15 años de servicio
en el Parlamento de Andalucía, y se jubilen al cumplir sesenta y cinco años de
edad, tendrán derecho a percibir un premio de jubilación de 36.060,73 euros”.
Esta cantidad va disminuyendo por cada año que permanezca trabajando sin
jubilarse hasta los 70 años de edad.
El mismo derecho corresponde al personal laboral fijo al servicio del
Parlamento de Andalucía, y asimismo, es de aplicación a los funcionarios interinos y eventuales que
se jubilen a los sesenta y cinco años de edad y hayan permanecido desempeñando
sus funciones en el Parlamento con tal nombramiento, de forma ininterrumpida
durante los diez años inmediatos ( o cinco años si han trabajado durante quince
años en el Parlamento) anteriores a la fecha de cumplimiento de dicha edad.
¡Y se quedaron tan panchos! ¿Quién
planteó esta iniciativa? Creo que todos los andaluces tienen el derecho a
conocer esas “características de la
Institución” tan especiales que, según la Mesa del Parlamento, las hacen
merecedoras de ese pago, y que, dada la cuantía, en nada deben parecerse al
trabajo que se desempeña en la Administración General de la Junta de Andalucía
y en otras instituciones públicas que no disfrutan de ese privilegio.
Para colmo, se metieron en
el mismo saco a “interinos” que, por
su propia naturaleza, desempeñan su labor de forma temporal hasta que se cubra
urgentemente la plaza por un funcionario tras la oportuna oposición, y a “eventuales”, que son cargos de
confianza del político de turno y, por tanto, debe considerarse un premio al
amiguete.
El propio acuerdo de la Mesa es un auténtico
disparate: ¿cómo puede reconocerse
jurídicamente que un interino pueda estar diez años de
forma ininterrumpida desempeñando un puesto que, según la Ley, tenía que haberse
convocado en una oposición con su incorporación a la correspondiente oferta de
empleo público nada más ocuparse el puesto interinamente? Claro que, si todas
las instituciones andaluzas de no-control
dieron por válido el “Acuerdo de Estabilidad”
de los interinos de la Junta de Andalucía, en vez de exigir que todas esas
plazas se convocaran públicamente para que los ciudadanos pudieran optar a las
mismas, todo está dicho: Andalucía, la
Comunidad sin Ley. Y aunque exista, no se aplica, y punto.
Sin embargo, a los funcionarios de la Administración General
de la Junta de Andalucía les corresponde una gratificación de 156,22 euros por año de servicio (cantidad
aprobada en 2011; anteriormente era de 150 euros), de manera que un funcionario con 35 años de servicio
initerrumpido en la Administración recibiría 5.467,70 euros, muy alejado de los 36.060,73 euros que se llevaría
si hubiera desempeñado su labor en el Parlamento andaluz.
¿No debemos ser iguales los españoles ante la Ley,
según la Constitución? ¿Por qué este
trato diferente a los funcionarios del Parlamento respecto al personal
funcionario y laboral fijo de la Administración General de la Junta de
Andalucía? ¿Qué peculiaridades les diferencia? Uno lee el Estatuto
del Personal del Parlamento de Andalucía o la Relación
de Puestos de Trabajo del mismo, y no se observan tales “diferencias”.
Bueno, sí las hay: para colmo, hay puestos en el Parlamento con idénticos
niveles a los de la Administración que incluso tienen mayores retribuciones
económicas.
RPT de eventuales del Parlamento andaluz
Y la pregunta del millón:
¿por qué a los funcionarios de las Administraciones Públicas de la Junta les han
rebajado sus retribuciones desde 2012 y les eliminaron las ayudas de acción
social –para cumplir con las cuentas de la Comunidad, decían-, y a los empleados del Parlamento les han mantenido
el “premio gordo” de la jubilación?
Otras dudas razonables: ¿ocurre
igual con los funcionarios de la Cámara de Cuentas y Defensor del Pueblo? ¿También
se han visto perjudicados los funcionarios de educación, sanidad y justicia?
¿Qué criterio racional han utilizado los políticos
del PSOE andaluz para establecer la existencia de esas diferencias entre los
empleados de unas instituciones y otras? Si tenemos en cuenta que varios de los funcionarios que desempeñan su
labor en puestos del Parlamento proceden de la Administración General de la
Junta de Andalucía, menos se entiende aún que puedan existir tales “diferencias”.
Y nuestros políticos…¿algo
que decir? Ciudadanos, ni sabe ni
contesta ni le pía al PSOE, su socio
en Andalucía. ¿Han presentado alguna iniciativa al respecto? Pero, ¿y el PP, Podemos e IU? ¿Podrían
los Diputados del Parlamento explicar a todos los funcionarios de las
Administraciones andaluzas y a los ciudadanos por qué existen esas diferencian
de trato y cuál es el verdadero motivo de beneficiar con ese “premio gordo” a
los funcionarios del Parlamento?
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