Imitando a la Junta de Andalucía, el PP está a punto de aprobar otra “administración paralela” para el Estado.
El Proyecto de Ley propone un modelo perverso de “Administración” para regocijo de los políticos que gobiernen en el Estado, Comunidades Autónomas y Ayuntamientos.
Si en 2010 constituyó un hito histórico en España que más de 30.000 funcionarios se manifestaran en las calles de Sevilla, en protesta por la reordenación del sector público de Andalucía efectuada mediante la conocida “ley del enchufismo”, el Gobierno de Rajoy, a través del Ministro Montoro, podría conseguir que dicha cifra se multiplicara exponencialmente en las calles de toda España.
Desde estas
páginas de El Demócrata Liberal quiero alertar de la aberración histórica que va a cometer el Gobierno del PP. Tanto los
ciudadanos, por la parte que nos toca en nuestras relaciones con las
Administraciones, como los funcionarios y laborales de la Administración
General, se verán perjudicados gravemente por las reformas que este partido
político, sin rumbo ni cabeza, pretende aprobar en breve plazo.
La denominada
“Administración institucional” o “Administración instrumental” va a adquirir un
peso que no le corresponde, en detrimento de la Administración Pública, la que
se rige por el Derecho público. Para los inexpertos en la materia, esta Ley que
está a punto de aprobarse permitirá que los políticos que ocupen cargos
públicos adopten decisiones que afectan a las vidas de los ciudadanos sin los controles que deben garantizar la
imparcialidad y objetividad de las mismas.
Y ya saben
ustedes lo que dice el dicho: “cuando las
barbas de tu vecino veas pelar, pon las tuyas a remojar”. Mañana mismo
podemos tener a todas las Comunidades Autónomas con el mismo problema que
Andalucía, o a la Justicia sin jueces, magistrados o secretarios
judiciales que hayan opositado (ya se ha hecho con los tercer y cuarto
turno, que ocupan cerca del 20 % de jueces), y en vez de ser funcionarios, se
acabarán contratando laboralmente a dedo. Y ya saben como está la Justicia, que
da pena verla por la infección severa que padece de tanto partidismo y
politiqueo, que remueve el estómago a cualquiera.
“A río revuelto, ganancia de pescadores”. Con la nueva norma que el Gobierno de
Rajoy y Montoro ha remitido a las Cortes para su aprobación se crea una inseguridad
jurídica de tal calibre que de ello sólo sacarán provecho los corruptos y los
partidos políticos que gobiernen en cualquiera de las Administraciones
territoriales, ya sean estatales, autonómicas o locales. Los ciudadanos…tendremos
que pagarlo a costa de libertades y dinero.
No es posible
justificar lo que va a hacer el PP, porque es de delito: tiene interpuesto un
recurso de inconstitucionalidad contra la Ley 1/2011, de reordenación del
sector público de Andalucía, la de las agencias y el enchufismo, y ahora va a
aprobar con la mayoría que tiene en las Cortes un Proyecto de Ley que
precisamente sigue las pautas de la Ley andaluza que ha recurrido ante el
Tribunal Constitucional. ¡Y después se preguntarán en el PP –y en el PSOE- a
qué se debe la pérdida de votos!
El pasado el
11/05/2015 ha sido presentado el Proyecto
de Ley de Régimen Jurídico del Sector Público en el Congreso de los
Diputados, y actualmente se encuentra en trámite en la Comisión de Hacienda y
Administraciones Públicas. Hasta el 23/06/2015 se ha ampliado el plazo para
presentar enmiendas al articulado. El texto está disponible en esta dirección: BOCG.
Congreso de los Diputados Núm. A-154-1 de 18/05/2015
En los matices
del texto de dicho Proyecto de Ley es donde se encuentra la trampa, difícil de
percibir para muchos; sin embargo, para algunos, y me incluyo en este grupo, es
evidente la intención que persigue, especialmente con las entidades públicas empresariales, en las que se mezclarán
potestades administrativas con intereses empresariales, y se integrarán a funcionarios
y laborales contratados, en un “tótum
revolútum”.
En dicho
Proyecto de Ley, el PP claramente apuesta por acabar con la Administración
Pública y la Función Pública, y apoya “privatizar” todo el funcionamiento de
las Administraciones, que pretende dejar en manos de entes de titularidad
pública pero regidas por el Derecho
privado, con un régimen económico-presupuestario y de recursos humanos que
se alejan del Derecho público, con el grave peligro que conlleva de falta de
vigilancia. Es una invitación en toda regla al gasto descontrolado y a
practicar el deporte nacional de los partidos que llegan al poder: colocar a
dedo a sus allegados.
Se acabarán las
oposiciones, el personal será contratado arbitrariamente, sin garantías en el
cumplimiento de los principios de mérito y capacidad, hasta que la mediocridad
acabe inundando las Administraciones. Ya no estarán los mejor preparados para
cada función o tarea pública, sino los que tengan relaciones de afinidad, como
las familiares, amistosas o políticas. Es un disparate que nos costará
generaciones cambiar, porque inevitablemente nos llevará al fracaso. “Si quieres saber como es Manolillo, dale un
carguillo”.
Si la idea del
PP de Rajoy y Montoro es mercantilizar las Administraciones y laboralizar la
Función Pública, al estilo anglosajón, primero cámbiese la Constitución y
apuéstese por aquel sistema, ¡¡pero en
todo!! Lo que es inadmisible es que sólo adopten algunas de las características
del sistema anglosajón, casualmente las que favorecen el capricho de los
gobernantes, pero no las características que suponen ventajas para los ciudadanos,
como por ejemplo, que los poderes públicos se sitúen al mismo nivel que
cualquier ciudadano en las relaciones entre ambos, en total igualdad de
condiciones, como por ejemplo ante la Justicia. Sin embargo, como pasa con la
separación de poderes en España, esto no interesa a los políticos que gobiernan,
únicamente interesados en lo particular para perpetuarse: “yo, mí, me, conmigo”.
Nuestra
Constitución de 1978 apostó tímidamente por la separación de poderes
(legislativo, ejecutivo y judicial) en la organización del Estado. Tan
tímidamente que es rotundamente mejorable. A su vez, dentro de cada poder, se
crearon mecanismos de control para evitar abusos y desviaciones. En relación al
poder ejecutivo, se diseñó un sistema político-administrativo en el que difícilmente
un gobernante podría actuar caprichosamente. Históricamente se dotó a las
Administraciones Públicas de una fuerte estructura basada en el Derecho público
(organización y procedimientos administrativos), y de unos recursos humanos que
constituyen la Función Pública, como forma de garantizar la prohibición de la
arbitrariedad por parte de los dirigentes políticos.
¿Y por qué se
adoptaron estas medidas tan importantes? Si lo piensan detenidamente, los privilegios,
algunos exorbitantes, de los poderes públicos son situaciones y poderes
que el ordenamiento jurídico le otorga a las Administraciones territoriales
(Estado, Comunidades Autónomas y Municipios), y que las colocan en una situación desigual y superior, respecto de los administrados que con ellas
se relacionan. Los ciudadanos hemos “cedido” parte de nuestra libertad a
los poderes públicos, pero no sin límites, sino con ciertas garantías para que
no puedan abusar de esos poderes.
Las potestades
exorbitantes de las Administraciones Públicas, por mandato constitucional y
estatutario, no pueden salir de su
organización, que se rigen por el Derecho público en sus relaciones con
los ciudadanos. Las potestades o funciones de expropiación, desahucio
administrativo, autorización, sanción, liquidación y recaudación de tributos, concesión de subvenciones y ayudas económicas, detención y arresto policial, y
demás funciones públicas o potestades administrativas, sólo pueden ser ejercidas
con la participación directa o indirecta de
funcionarios públicos, y siempre dentro de la Administración
Pública, pues de no ser así, tendría
efectos sobre la validez y eficacia de los actos administrativos, y podrían
anularse las decisiones. Por
ejemplo, una fundación pública, una sociedad mercantil pública o una entidad
pública empresarial, que se rigen por el Derecho privado, no podrían ejercer esas
prerrogativas o potestades.
No podemos
obviar que las Administraciones Públicas deben
servir con objetividad los intereses generales y actúan con
sometimiento pleno a la ley y al Derecho. Mientras que la Administración
Pública tiene la obligación de satisfacer los intereses públicos, y por eso se
rigen por el Derecho público, los entes que se rigen por el Derecho privado no
tienen esa obligación porque su régimen jurídico beneficia el interés
particular.
Por ejemplo,
para que lo entiendan ustedes mejor, si se expulsa a un funcionario de la
Administración, y acude a la Justicia, el Tribunal de lo
Contencioso-Administrativo, que es el competente, valorará los intereses públicos
en juego, que prevalecen sobre los particulares del funcionario. Sin embargo,
si se despide a un trabajador contratado laboralmente, será un Tribunal de lo
Social quien juzgue el caso por ser el competente, y éste velará por los
derechos particulares del trabajador (le obliga la Ley), sin tener en cuenta
el interés general de la Administración, es decir, el de todos los
ciudadanos. Por este motivo, muchos de los trabajadores laborales despedidos en
las Administraciones (como ha ocurrido con los 800 ALPES despedidos en la Junta
de Andalucía), tienen que ser readmitidos sin haber tenido en cuenta los intereses
generales, aunque a la Administración le cueste muchos millones de euros los
sueldos de todos ellos cada año, dinero que tendrá que quitarse de otras partidas
del Presupuesto (Sanidad, Educación, Servicios Sociales, Inversiones,
Incentivos económicos, etc.).
Otro ejemplo
sería el siguiente: en la Administración General (Ministerio o Consejería), el
presupuesto es limitativo, y el expediente de gasto (subvención, contrato,
etc.) debe fiscalizarse previamente por funcionarios, sin poder gastarse más de
lo presupuestado, con el objetivo de satisfacer el interés general. En una
empresa pública, el presupuesto no es limitativo, ni hay fiscalización previa
de los expedientes de gasto por funcionarios, de manera que la empresa puede
gastar más de lo que tiene presupuestado, y sus cuentas no se fiscalizan hasta
terminado el año, y todo ello se ha hecho sin tener en cuenta el interés público,
sino el interés empresarial, permitiéndose pérdidas o endeudarse.
Los entes
instrumentales (empresas públicas, agencias o entidades públicas empresariales,
sociedades mercantiles de titularidad pública, etc.) se crearon históricamente
para ejecutar materialmente las decisiones adoptadas por la Administración
Pública, decisiones que están sometidas a muchos controles. Por ello, dichos
entes instrumentales han dependido siempre funcionalmente de la Administración
Pública. Ahora se intenta revertir el proceso: se pretende que las decisiones se adopten fuera de la Administración,
donde no hay controles (las potestades “exorbitantes” se están traspasando
a los entes instrumentales), y se hace depender funcionalmente de dichos entes
a los funcionarios y a las unidades administrativas de la Administración. Es el mundo al revés,
muy atractivo para los políticos que gobiernen, pues podrán imponernos sus
caprichos y arbitrariedades. ¡Es el
paraíso para los corruptos!
Precisamente por
ello, debido a la obligación de servir con objetividad los intereses generales,
se apostó por una organización férreamente controlada y por la Función Pública,
una organización profesionalizada y de élite con funcionarios públicos, cuya
independencia y neutralidad se garantiza mediante el instrumento de la “inamovilidad”
(bien entendida, en evitación de represalias), como forma de impedir arbitrariedades
en las decisiones y actuaciones de los cargos públicos. Sin embargo, ello no
sería posible si sus empleados no dispusieran de ese instrumento de la “inamovilidad”,
porque de todos es sabido que si un contratado laboral de una empresa pública o
agencia pública empresarial no firma lo que ordenen sus jefes políticos (aunque
sea ilegal), puede ser despedido. Los ceses constantes en las Administraciones
ya los sufrimos en España en las épocas de las “cesantías” cuando cambiaban los
dirigentes políticos en las instituciones, y fue una época desastrosa. En 2005
tuve la oportunidad de conocer in situ
las consecuencias de este sistema de ceses y cambios en los Ayuntamientos del
Estado de Jalisco (México), y era objeto de fuertes críticas internas
gubernamentales, dado que la experiencia acumulada era muy negativa. Y se está
apostando por este camino en España...¡qué error, qué terror!
Es evidente que
las Administraciones Públicas se han modernizado, especialmente con la llegada
de la Administración electrónica. Pero sus fundamentos siguen siendo los mismos,
y no deben ser abandonados en un país de corruptos como es España. ¿Acaso ha
cambiado la Constitución española? El problema principal es que los políticos
de este país han huido constantemente del Derecho Administrativo, aunque ahora más que una huida es una desbandada,
pues todo lo que huela a control de sus
decisiones, intentan erradicarlo. Y para ello utilizan caminos torticeros
que pasan desapercibidos para la mayoría de los ciudadanos.
Nos encontramos
en constante lucha contra las
inmunidades del poder, y en materia de organización de las Administraciones
Públicas y Función Pública, estamos en medio de la batalla, nos agrade o no.
Este tema es muy
grave, trascendente para nuestras vidas. Los ciudadanos nos estamos jugando
nuestra libertad. Si dejamos que los políticos sigan diseñando y aprobando
sistemas que garanticen privilegios y prerrogativas, relajando los mecanismos
de control que costaron muchos años diseñarlos y construirlos, acabaremos
devorados por nuestra apatía.
D. Luis, enhorabuena por su artículo. No podría haber expresado mejor lo que se nos viene encima. Estos dos partidos (PSOE y PP) son los culpables de todo lo que está pasando, de que partidos nuevos y radicales estén subiendo como la espuma cada vez que hay unas elecciones, pero siguen en sus trece. El panorama que pinta en su artículo es terrorífico pero no menos real. No sé si es que la gente no se entera o es que pasa de todo esto, pero son temas muy graves en los que deberíamos inmiscuirnos todos. Muchísimas gracias por abrirnos los ojos y enseñarnos tantas cosas. Un saludo D. Luis.
ResponderEliminarMuchas gracias, Dª. Iluminada!! Efectivamente, estoy de acuerdo en que los grandes culpables de la radicalización social y política son tanto el PP como el PSOE, que no han sabido estar a la altura de lo que un partido con visión de Estado debe tener. Hay ciudadanos que no se enteran, otros que pasan de todo y otros que viven del sistema, y se aprovechan de ello para seguir en sus treces: "yo, mi, me, conmigo" o "nosotros, nuestro, nos, con nosotros". De ahí no se mueven ni PSOE ni PP....hasta que desaparezcan.
EliminarSaludos!
La clase, la casta, política está podrida hasta el tuétano, los parlamentos son circos de tres pistas, el poder judicial, salvo pocos casos, ofrece la confianza de los alacranes, las manifestaciones ya no nos las creemos ni nosotros, los sindicatos, cada mochuelo a su olivo...
ResponderEliminar¿Qué hacemos Luis?
Seguir con la "gota china". Cuando el PP y el PSOE vayan desapareciendo, muchos de los "políticos" de estos partidos saltarán a los nuevos para intentar seguir viviendo de la política. El problema radica que los buenos ciudadanos no quieren dar el salto a la política porque los partidos han alcanzado tal punto de "cartelización" que poco podrían conseguir dentro de los partidos. Es el sistema y los clanes creados dentro de los partidos lo que impide que los mejores lleguen a sobresalir en la política. No hay más solución que insistir en instaurar un sistema educativo excelente, en modificar el régimen electoral, en conseguir la verdadera separación de poderes, en incrementar la calidad democrática de todo el sistema, en sustituir la mediocridad existente por la meritocracia, etc., etc., hasta conseguir que la política se convierta en algo secundario en nuestras vidas. Si no conseguimos esto, seguiremos en la penuria intelectual, social y política. ¡Saludos!
EliminarMás claro el agua. Estamos en vías de extinción. Es una realidad como la copa de un pino.
ResponderEliminarPor delante vaya que me encantan (y a la vez aterran) los articulos del Sr. Escribano. Vuelvo a leer éste y ahora veo por qué en su día no lo entendí del todo. En el párrafo 16 (el que empieza con "Otro ejemplo..."), donde dice " En una empresa pública..." debería decir, creo, "En una empresa privada..." o a lo que sigue a continuación no le he pillado el punto!. Si es un lapsus, como me perece, habría que corregirlo. Gracias Luis.
ResponderEliminarHola, Emilio: gracias por tu comentario.
EliminarTe aclaro que NO se trata de un lapsus, dado que efectivamente me refiero a las empresas públicas (aunque en la privada es igual, pues ambas se rigen por el Derecho privado -Mercantil, Civil, Laboral, etc.). Los presupuestos de explotación de las empresas públicas (absolutamente diferentes a los de la Administración General) no tienen carácter limitativo, y pueden gastar más de lo presupuestado, simplemente endeudándose, como cualquier empresa privada. ¿Que necesita ser autorizado por el órgano interno correspondiente de la empresa pública? Claro, como en cualquier empresa privada. Pero te aseguro que al no existir fiscalización previa del gasto ni otras exigencias de procedimientos administrativos previos, la ejecución del gasto es muy diferente al de la Administración que se rige por el Derecho público. ¿Por qué RTVA es deficitaria todos los años? Porque gasta mucho más de lo presupuestado.
Sin embargo, en la Administración General no es posible, dado que no se puede gastar si no hay crédito previsto y además disponible en el Presupuesto, que es absolutamente limitativo, y nadie puede autorizar más gasto si no hay crédito disponible. Si la Administración General quisiera gastarse más de lo presupuestado, tendría que realizar modificaciones presupuestarias o generar crédito con un aumento de ingresos, y siempre figuraría en el Presupuesto como límite. No obstante, hay casos excepcionales en los que puede haberse gastado sin haberse corroborado si había crédito disponible. En esos casos, tendría que convalidarse el gasto, a veces hasta por el Consejo de Gobierno según la cuantía, y para ello igualmente es necesario hacer modificaciones en el Presupuesto o generar crédito previendo ingresos, todo ello con los límites que impongan las leyes administrativas.
Un dato importante: en las Administraciones Públicas el déficit no se produce porque se haya gastado más de lo presupuestado (límite infranqueable), sino porque los ingresos han sido menores a lo presupuestado.
Te recomiendo la lectura de mi artículo "Un TC esquizofrénico", en el que explico que en el Derecho privado que rige en las empresas públicas, son irrelevantes los principios constitucionales que para la Administración General son de obligado cumplimiento y, además, no se necesita la exigencia de un procedimiento previo, justificador y legitimador de los actos jurídicos, como se impone para las Administraciones Públicas en la Constitución (artículo 105.3 CE).
Espero haber aclarado el tema. Gracias, y un saludo.