Noticias
recientes han puesto en evidencia la importancia, o no, de las reputadas mareas
de indignados, o no, que inundan nuestras calles, o no.
Y es que
el Tribunal Constitucional ha desestimado el recurso presentado en marzo de 2013 contra los artículos 62 y 63 de la Ley
de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad de Madrid, que permitía
la externalización de seis hospitales, recurso presentado a mayor gloria de la
marea blanca que con paso firme norcoreano, marcial, puntual y periódicamente,
ha inundado las calles de Madrid durante casi tres años.
Según la
sentencia del pasado 30 de abril, la Carta Magna no exige que el mantenimiento
de un régimen público de Seguridad Social requiera necesariamente un sistema de
gestión pública directa y que el carácter público del sistema de Seguridad
Social no queda cuestionado por fórmulas de gestión privadas, como de hecho,
gozosamente, ocurre en Andalucía, lugar donde -extrapolando, que es gerundio-
las avenidas de sus capitales y principales ciudades se han mantenido
despejadas e impolutas pese a que la gestión sanitaria del gobierno socialista
se ha basado en la profusión de conciertos y en la recurrente fórmula de
empresas públicas sanitarias que dan forma a la agencialización, figura que, en
la práctica, supone la privatización no solo de la gestión administrativa sino,
de lo que es más trascendente, de la política de personal, al margen de los
principios constitucionales de acceso a la función pública, y de las relaciones
con terceros a través del Derecho Mercantil, a través del absoluto
arrinconamiento del Administrativo.
La
sentencia ha considerado, asimismo, que la apertura a formas de gestión y
responsabilidad privadas prevista en la ley autonómica madrileña se lleva a
cabo preservando en todo caso la titularidad pública del servicio.
Hasta aquí
los hechos. En el plano de la opinión abomino de ambas formas de gestión y es
que el eficaz gobierno de los servicios públicos esenciales ha de gestionarse
de la A a la Z por personal funcionario y/o estatutario.
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