jueves, 7 de mayo de 2015

De mareas blancas y ciudadanas




Noticias recientes han puesto en evidencia la importancia, o no, de las reputadas mareas de indignados, o no, que inundan nuestras calles, o no.


Y es que el Tribunal Constitucional ha desestimado el recurso presentado en marzo de 2013 contra los artículos 62 y 63 de la Ley de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad de Madrid, que permitía la externalización de seis hospitales, recurso presentado a mayor gloria de la marea blanca que con paso firme norcoreano, marcial, puntual y periódicamente, ha inundado las calles de Madrid durante casi tres años.


Según la sentencia del pasado 30 de abril, la Carta Magna no exige que el mantenimiento de un régimen público de Seguridad Social requiera necesariamente un sistema de gestión pública directa y que el carácter público del sistema de Seguridad Social no queda cuestionado por fórmulas de gestión privadas, como de hecho, gozosamente, ocurre en Andalucía, lugar donde -extrapolando, que es gerundio- las avenidas de sus capitales y principales ciudades se han mantenido despejadas e impolutas pese a que la gestión sanitaria del gobierno socialista se ha basado en la profusión de conciertos y en la recurrente fórmula de empresas públicas sanitarias que dan forma a la agencialización, figura que, en la práctica, supone la privatización no solo de la gestión administrativa sino, de lo que es más trascendente, de la política de personal, al margen de los principios constitucionales de acceso a la función pública, y de las relaciones con terceros a través del Derecho Mercantil, a través del absoluto arrinconamiento del Administrativo.

La sentencia ha considerado, asimismo, que la apertura a formas de gestión y responsabilidad privadas prevista en la ley autonómica madrileña se lleva a cabo preservando en todo caso la titularidad pública del servicio.


Hasta aquí los hechos. En el plano de la opinión abomino de ambas formas de gestión y es que el eficaz gobierno de los servicios públicos esenciales ha de gestionarse de la A a la Z por personal funcionario y/o estatutario. 


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