Ayer tuve la oportunidad de ver alguna imagen y escuchar en
diferido lo que sucedió en las votaciones para la elección de los miembros de
la Mesa del Parlamento de Andalucía, en la sesión constitutiva de la X
Legislatura.
Al margen del bochornoso espectáculo que ofreció la "Mesa
de edad", especialmente su presidente, Luis Pizarro (PSOE-A), tuvimos que sufrir
dos muertes: por un lado, la de la democracia, que estaba enferma terminal
hasta ayer; por otro lado, la de la Ley, la del Estado de Derecho, que estaba
aún peor.
Encontrar alguna diferencia entre Maduro, el presidente
venezolano, y Luis Pizarro, exceptuando el bigote, el acento y el chándal, se
ha convertido en una tarea muy compleja, visto lo que ocurrió ayer. Que un
diputado adopte arbitrariamente una decisión, es decir, por capricho, en contra
de lo decidido por toda la Cámara (sus 109 diputados), sustituyendo su
voluntad, es extremadamente grave. Pero que sólo dos diputados del PP se
opusieran e intentaran explicarle al diputado Pizarro la barbaridad que estaba
cometiendo, me parece tan grave como lo anterior. Aunque esos dos diputados,
hay que reconocerlo, lo hacían en nombre del partido del PP.
Ningún diputado más pidió la palabra para defender lo que
había elegido toda la Cámara. Ver a Susana Díaz, Teresa Rodríguez, Juan Marín y
Antonio Maíllo, los candidatos del resto de partidos del arco parlamentario,
callados, serios algunos y sonrientes otros, como mudos e inalterables
espectadores, ante la decisión que había decidido adoptar el diputado Pizarro
en contra de lo que habían elegido nuestros 109 representantes, es humillante e
indigno para una Cámara que constituye el instrumento de participación de todos
los electores. Y si así son los candidatos de cada partido, ¿cómo serán el resto
de diputados? Por los hechos los conoceremos...vayan tomando nota, Pedro
Sánchez, Pablo Iglesias, Albert Rivera y Cayo Lara, por la cuenta que les trae
en las próximas elecciones.
Al escuchar al diputado Pizarro, me sentí súbdito de un
reino feudal, o disidente de un estado dictatorial. En cuanto volví a la
realidad, me di cuenta que estaba en territorio comanche, el del Régimen
andaluz, donde nada ha cambiado, donde todo sigue igual. Tanto, que hasta
Susana Díaz, la presidenta en funciones, ha recurrido a los socios del
Régimen....perdón, quería decir a distintos agentes sociales (organizaciones
empresariales, sindicatos, Cámaras de Comercio, etc.) para apoyar la formación
del nuevo gobierno, buscando la continuidad....de las subvenciones, premios, ayudas,
autorizaciones, liberados sindicales, etc., es decir, de Susana como
Presidenta.
¿Qué ocurrió exactamente ayer? Conforme al Reglamento de la Cámara andaluza,
tras la elección de su Presidente y de los diputados que ocuparían las tres
Vicepresidencias, llegaba la elección de los tres diputados que ocuparían las
Secretarías de la Mesa. Para ello, presentaron sus candidaturas el PSOE, el PP,
Ciudadanos e IU. Los 109 diputados ejercieron su derecho al voto, siendo el
resultado: 47 votos al candidato del PSOE, 33 al del PP, 9 al de Ciudadanos y 5
al de IU.
Con arreglo al artículo 34 del Reglamento de la Cámara, sólo
cabía hacer una cosa: nombrar Secretarios a los tres candidatos que más votos
habían obtenido correlativamente: PSOE, primero; PP, segundo, y Ciudadanos,
tercero. Sin embargo, el diputado Pizarro, de forma caprichosa y arbitraria,
alejándose de lo elegido por toda la Cámara que representa a los ciudadanos
andaluces, o más bien, sustituyendo la voluntad de toda la Cámara, decidió que
la candidata del PP no ocupara su puesto, sino que lo hiciera el candidato de
IU, alegando para ello que había que cumplir el artículo 36 del Reglamento.
Antes de entrar en el análisis concreto de lo que ha
ocurrido, transcribiré literalmente lo que dice el Título Preliminar del
Reglamento de la Cámara, que se refiere a la sesión constitutiva, por la
importancia que tiene en la cuestión:
“Artículo 1
Celebradas las elecciones al Parlamento de Andalucía, éste se reunirá,
de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 104.3 del Estatuto de Autonomía,
en sesión constitutiva el día y hora señalados en el Decreto de Convocatoria.
Artículo 2
La sesión constitutiva será presidida, inicialmente, por el Diputado o
Diputada electo de mayor edad de los presentes, asistido, en calidad de
Secretarios, por los dos más jóvenes.
Artículo 3
1. El Presidente o Presidenta declarará abierta la sesión y un
Secretario o Secretaria dará lectura al Decreto de Convocatoria, a la relación
de Diputados electos y a los recursos contencioso-electorales interpuestos, con
indicación de quienes pudieran quedar afectados por la resolución de los
mismos.
2. Se procederá seguidamente a la elección de la Mesa del
Parlamento, de acuerdo con el procedimiento regulado en los artículos 33 y 34
de este Reglamento.
Artículo 4
1. Concluidas las votaciones, quienes resulten elegidos ocuparán sus
puestos. El Presidente o la Presidenta electo prestará y solicitará de los
demás Diputados el juramento o la promesa de acatar la Constitución y el
Estatuto de Autonomía; a tal efecto serán llamados por orden alfabético. A
continuación declarará constituido el Parlamento de Andalucía y levantará la
sesión.
2. La constitución del Parlamento será comunicada por su Presidente o
Presidenta al Rey, al Senado, al Presidente o Presidenta de la Junta de
Andalucía y al Gobierno de la Nación.”
A continuación les transcribo los artículos 33 y 34 del
Reglamento, citados por el artículo 3 del Reglamento al establecer cómo debe
elegirse la Mesa, como el así como los
artículos 35 y 36, por su relación con lo ocurrido:
“Artículo 33
1. El Pleno elegirá a los miembros de la Mesa en la sesión constitutiva
del Parlamento.
2. Se procederá a una nueva elección de los miembros de la Mesa cuando
las sentencias recaídas en los recursos contencioso-electorales supusieran
cambios en la titularidad de más del 10% de los escaños de la Cámara, o la
pérdida de la mayoría absoluta para un Grupo parlamentario. Dicha elección
tendrá lugar una vez que los nuevos Diputados hayan adquirido la plena condición
de tales.
3. Las votaciones para la elección de estos cargos se harán por medio
de papeletas que los Diputados entregarán al Presidente o Presidenta de la Mesa
de Edad para que sean depositadas en la urna preparada con dicha finalidad.
4. Las votaciones de Presidente o Presidenta, Vicepresidentes y
Secretarios se harán sucesivamente.
5. Concluida cada votación, se procederá al escrutinio. El Presidente o
Presidenta de la Mesa de Edad leerá en alta voz las papeletas y las entregará a
un Secretario o Secretaria para su comprobación.
6. El otro Secretario o Secretaria tomará nota de los resultados de la
votación, así como de todos los incidentes que se hubieran producido durante la
misma.
Artículo 34
1. Para la elección de Presidente o Presidenta, cada miembro del
Parlamento escribirá un solo nombre en la papeleta, y resultará elegido el que
obtenga la mayoría absoluta. Si no la hubiera, se repetirá la elección entre
los dos Diputados que se hayan acercado más a la mayoría, y resultará elegido
quien obtenga el mayor número de votos. En caso de empate, se celebrarán
sucesivas votaciones entre los candidatos igualados en votos y, si el empate
persistiera después de cuatro votaciones, se considerará elegido el candidato o
candidata propuesto individual o conjuntamente por los partidos, coaliciones o
grupos con mayor respaldo electoral, atendiendo, incluso, al criterio de lista
más votada en las elecciones.
2. Para la elección de los tres Vicepresidentes, cada Diputado o
Diputada escribirá un nombre en la papeleta y resultarán elegidos quienes por
orden correlativo obtengan la mayoría de votos.
3. De la misma forma serán elegidos los tres Secretarios.
4. Si en alguna votación se produjese empate, se celebrarán sucesivas
votaciones entre los candidatos igualados en votos hasta que el empate quede
dirimido.
5. Ningún partido, federación, coalición o agrupación de electores
podrá presentar más de un candidato o candidata para cada uno de los puestos de
la Mesa.
Artículo 35
Una vez concluidas las votaciones, las personas elegidas ocuparán
sus puestos.
Artículo 36
Todos los partidos, federaciones y coaliciones que, habiendo concurrido
a las anteriores elecciones, hubieran obtenido en las mismas representación
suficiente para constituir Grupo parlamentario, tendrán derecho a estar
presentes en la Mesa.”
Me he tomado la libertad de subrayar lo que creí necesario
destacar. Si observan el orden establecido en el Reglamento de la Cámara para
elegir la mesa, cabe señalar lo siguiente:
a) Una vez terminada la elección de los Secretarios, todos
los elegidos para los distintos puestos deben ocuparlos inmediatamente, según
se establece en los artículos 4.1 y 35 del Reglamento. Esto incluía, por tanto,
al recién elegido Presidente de la Cámara, debiendo salir el que presidía la “Mesa
de edad”. Asimismo, la Diputada del PP que fue elegida Secretaria en segundo
lugar también debía ocupar su puesto, democráticamente obtenido por decisión de toda la Cámara.
b) Acto seguido, el nuevo Presidente debía prestar y
solicitar de los demás Diputados el juramento o la promesa de acatar la
Constitución y el Estatuto de Autonomía.
c) El artículo 36 exclusivamente reconoce un derecho, el de estar presente en la Mesa, pero no dice que deban ocupar algún puesto de
los siete previstos para la Mesa. Podría entenderse que estar presente es
formar parte de la Mesa sin ocupar ninguno de los siete puestos, y sin derecho
a votar las decisiones de la misma. Si no fuera así, ¿qué hubiera pasado si en
vez de salir elegidos cinco partidos en la Cámara hubieran salido ocho, nueve o
diez partidos con derecho a formar grupo parlamentario cada uno? ¿Acaso la Mesa
debe constituirse en función del número de Grupos parlamentarios presentes en
la Cámara? No tiene ningún sentido, es absurdo.
d) La Mesa tenía que haberse constituido con los diputados
elegidos por toda la Cámara. Luego, si IU entendiera que se incumple el
artículo 36, tendría que adoptar las medidas oportunas para que se restablezca
su derecho, pero una vez constituida
la Mesa conforme al Reglamento y violar derechos fundamentales.
Yo no voté al PP en las últimas elecciones autonómicas, pero
eso no es óbice para reconocer que la LEY no puede quebrantarse. La flagrante
violación de los derechos fundamentales que ayer se produjo debería causar, como
poco, el sonrojo de cualquier político con un mínimo de “decencia democrática”.
Ni eso parece que ocurrió ayer.
Aunque los actos de la Cámara poseen una eficacia meramente
interna, no excluye en absoluto la posibilidad de que dichos actos estén
sujetos al control del Tribunal Constitucional. Esta es la eficacia que cabe
imputar, en primer lugar, a los actos que conducen a la formación de órganos
(como las Comisiones, la Mesa de la Cámara, la Junta de Portavoces y el
Presidente) a los que, además, se atribuyen determinadas competencias. Los
actos a los que se hace referencia inciden de manera contundente en el estatus
jurídico de los miembros de la Cámara y si se realizan en contra de lo
establecido en la Constitución y en las disposiciones de naturaleza reglamentaria,
pueden llegar a vulnerar los derechos fundamentales de los parlamentarios. Y
fue lo que pasó ayer en el Parlamento andaluz.
Como dice el Tribunal Constitucional, si un acto
parlamentario afecta a un derecho o libertad de los tutelables mediante el
amparo constitucional, desborda la esfera de la inmunidad jurisdiccional
inherente a los interna corporis y se convierte en un acto sometido, en lo
tocante a ese extremo, al enjuiciamiento del mismo.
Es numerosa la jurisprudencia del TC en esta materia. Entre
ellas, destacar las SSTC 118/1988 y 161/1988, así como la STC 23/1990, de 15 de
febrero de 1990, explícitas y terminantes al ratificar y consagrar la doctrina
expuesta.
El acuerdo o acto de la “Mesa de edad”, negando el derecho a
la candidata del PP a ocupar el puesto de la Secretaría segunda, puede ser
impugnado ante el TC mediante el correspondiente recurso de amparo,
encuadrable en la vía impugnatoria del artículo 42 de la LOTC, es decir, frente
a “decisiones o actos sin valor de Ley”,
emanados de los órganos parlamentarios, “que
violen los derechos y libertades susceptibles de amparo constitucional”.
Por consiguiente, no se trata aquí de la posibilidad de control jurisdiccional
del procedimiento legislativo, sino de una decisión singular de la “Mesa de
edad” de la Cámara a la que es reprochable una lesión en el ejercicio de
derechos fundamentales, no por una simple infracción de las normas
reglamentarias de la Cámara.
En mi opinión, se han vulnerado especialmente los artículos
14 y 23 de la Constitución:
“Artículo 14
Los españoles son
iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación
alguna por razón de
nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o
circunstancia personal
o social.
Artículo 23
1. Los ciudadanos
tiene el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente
o por medio de
representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio
universal.
2. Asimismo, tienen
derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y
cargos públicos, con
los requisitos que señalen las leyes.”
En favor de la eficacia externa del acto en cuestión es
posible argumentar incluso la conexión que existe entre el art. 23.2 y el art.
23.1 de la Constitución, por medio de la cual las facultades de los parlamentarios
se identifican con los derechos de los representados, ya que los primeros, considerados
como Parlamento en su conjunto, son el instrumento de participación en los
asuntos públicos de quienes hemos sido sus electores. Si se ha sustraído a
la candidata del PP la ocupación de una Secretaría (la segunda), no sólo se
estaría vulnerando el artículo 23.2 CE, sino también el 23.1 CE, pues se ha
cercenado nuestro derecho a participar en los asuntos públicos por medio de
nuestros representantes en la elección de los tres diputados para ocupar
las Secretarías.
Además, se ha mutilado a casi todos los diputados el
ejercicio completo de la facultad de elegir a los componentes de la Mesa de la
Cámara, reglamentariamente prevista, que se integra en el status del cargo
público que desempeñan, así como el derecho de la diputada del PP a acceder al
puesto que le correspondía como Secretaria. El derecho fundamental infringido
(ejercicio del cargo público) no cabe ejercitarlo sino dentro del cauce legal o
reglamentario. Hay que añadir que el derecho que se consagra en ese precepto
constitucional (art. 23.2) es un derecho
de configuración legal, como indica el mismo artículo, con lo cual no se
lesionaría tal norma si la exigencia de los requisitos establecidos con
carácter general por las Leyes, se aplica según criterios razonables
que excluyan toda idea de discriminación. Y ninguna de esas condiciones
se ha dado en la decisión del diputado Pizarro: no han existido criterios
razonables que excluyan la discriminación, pues por la misma razón que le ha
quitado el puesto a la candidata al PP se lo podía haber quitado al del PSOE.
La discriminación es patente, manifiesta, clara.
A efectos de legitimación procesal, el recurso de amparo puede
ser interpuesto por cualquiera de los Grupos Parlamentarios, o por todos sus
componentes personalmente individualizados, por el Ministerio Fiscal e incluso
el Defensor del Pueblo. Según como actúen estos órganos, en las próximas
elecciones algunos ciudadanos cambiarán el voto con casi toda probabilidad.
Querido Luis, estamos entrando en un círculo vicioso. Yo me encuentro en el círculo desde hace quince años. Los que te leemos esto, sabemos que no estamos en un régimen democrático. Que nuestra clase dirigente es cutre y autoritaria. Mafiosa. lo sabemos nosotros y lo saben nuestros amigos. Tenemos que buscar formas para romper el círculo. Saludos, fuerza, un abrazo
ResponderEliminarGracias por tu comentario. Es cierto que estamos en un círculo vicioso, el más dañino de todos: la CORRUPCIÓN. Y no me refiero sólo a la económica, que no es más que una consecuencia más de la corrupción social, educativa, moral, política, cultural, etc. El Régimen andaluz no es más que una cara del poliedro, una manifestación de su interior, del que formamos parte. ¿Cómo cambiar esas caras? Son muchas las causas en las que se debe actuar. Nosotros, con EDL, estamos intentando crear opinión, informar, despertar conciencias. Antes lo hacíamos algunos individualmente, ahora intentamos hacerlo colectivamente.
Eliminar¿Qué es una acción muy concreta de todas las posibles? Sí; pero, ¿cómo se puede afrontar un problema tan polifacético? Habría que actuar en cada uno de los aspectos del problema, y para eso haría falta una planificación, con su diagnóstico profundo, determinando las causas, definiendo objetivos, posibles alternativas y medidas de acción con su temporalidad. Y para eso, hace falta RECURSOS (económicos y humanos) y ORGANIZACIÓN, si optamos por hacerlo desde abajo. Hay otra alternativa: hacerlo desde arriba, desde el poder, imponiendo los criterios, pero esa opción no quiero ni contemplarla.
Como he manifestado muchas veces, esta es una carrera de fondo. Conseguir que una sociedad como la andaluza se organice sería un hito increíble, casi sobrehumano. Y para ello, no veo mejor manera que empezar por la información-educación-formación. ¡¡Ojalá nos dejaran entrar en los centros educativos para debatir abiertamente –no adoctrinar- con los alumnos!!
Nosotros hemos apostado por un campo muy concreto. EDL está abierto a más colaboraciones. Nos gustaría crecer, es nuestro objetivo. Próximamente nos daremos a conocer públicamente en Málaga, y seguiremos haciéndolo en cada una de las provincias andaluzas. Soy consciente que no es una tarea fácil, y más porque lo hacemos altruistamente.
¿Quiénes estarían dispuestos a sacrificar parte de su tiempo libre para esta compleja tarea? ¿Cuántos andaluces son capaces de comprometerse con este objetivo de ruptura y reforma? Para eso, repito hacen falta RECURSOS, ORGANIZACIÓN, PLANIFICACIÓN, COMUNICACIÓN y, uno de los aspectos más importantes, LIDERAZGO, el imprescindible para que la ciudadanía pudiera ilusionarse. ¿Existe alguna otra manera de cambiar las cosas siendo unos poquitos los que realmente se comprometen a hacer algo?
Luis
EliminarEsto se hizo en Cataluña con Ciudadanos en su primera fase y se puede hacer en Andalucía. Aquí es más difícil porque no combatimos el nacionalismo excluyente sino la red clientelar y corrupta socialista. No es fácil identificar el problema y asociarlo a la solución liberal. Pero no es imposible.
Me encantaría asistir a una de vuestras conferencias.
Saludos
A. Juliá